MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

Las modificaciones de crédito que podrán ser realizadas en los Presupuestos de gastos de la Entidad y de sus Organismos autónomos son los siguientes:

    a) Créditos extraordinarios.

    b) Suplementos de créditos.

    c) Ampliaciones de crédito.

    d) Transferencias de crédito.

    e) Generación de créditos por ingresos.

    f) Incorporación de remanentes de crédito.

    g) Bajas por anulación.