FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

El Ayuntamiento de Anievas se ha adherido desde el año 2019 a la plataforma Electrónica FACE, que es el Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado. Se trata de un sistema que permite la entrada y almacenamiento de las facturas electrónicas, dotando al Ayuntamiento de la funcionalidad necesaria para cumplir las exigencias que  en  materia  de puntos generales de entrada de facturas electrónicas establece la normativa actual.

La factura electrónica proporciona múltiples ventajas frente a la factura tradicional en papel tanto para las empresas que emiten sus facturas electrónicamente como para las Administraciones Públicas que reciben dichas facturas: reducción de tiempos  y costes  de envío, posibilidad de generación automática de las mismas, reducción de los plazos de tramitación, ahorro de gastos de gestión, etc.

Supone además, un cambio de paradigma que acabará con la dispersión de las facturas al fijar su trazabilidad y una seguridad en  la  tramitación,  ya  que  se contabilizarán  de  forma automática.


EVOLUCIÓN DEL REGISTRO DE FACTURAS ELECTRÓNICAS

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Número de Facturas Registradas en 2019
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Facturas en papel 2019
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Facturas electrónicas 2019
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Porcentaje Facturas electrónicas 2019

 

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DATOS FACTURACIÓN ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE ANIEVAS:

CIF: P3900300I

Barrio Las Escuelas, S/N, 39451, Cotillo de Anievas. CANTABRIA.

PUNTO GENERAL DE ENTRADA DE FACTURA ELECTRÓNICA: FACe

CÓDIGOS DEL DIRECTORIO COMÚN DE UNIDADES Y OFICINAS DIR3:

Unidad tramitadora: L01390036 Secretaría – Intervención
Órgano gestor: L01390036 Alcaldía
Órgano contable: L01390036 Oficinas Generales

LA FACTURA ELECTRÓNICA NO ES REMITIR FACTURAS POR CORREO ELECTRÓNICO

El Ayuntamiento de Anievas NO ADMITE FACTURAS PRESENTADAS A TRAVÉS DE CORREO ELECTRÓNICO dado que el mail solo es válido como canal informal de comunicación a efectos de obtener información municipal o consultar dudas.

El correo electrónico NO ES UN MEDIO VÁLIDO PARA PRESENTACIÓN DE FACTURAS dado que no permite acreditar la identidad ni la firma de facturas, razón por la cual las facturas presentadas por mail se tendrán por no registradas y por tanto no serán consideradas.

Usted puede presentar sus facturas al Ayuntamiento de Anievas a través de su sede electrónica, o a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, FACe, según se explica a continuación.

Todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública podrán expedir y remitir factura electrónica. En todo caso, estarán obligadas al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda las entidades siguientes:

a) Sociedades anónimas.
b) Sociedades de responsabilidad limitada.
c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.
d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria.
e) Uniones temporales de empresas.
f) Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

Igualmente, conviene tener en cuenta que conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Si usted es autónomo, podrá seguir presentando facturas de importe inferior a 5.000,00 euros en formato papel, bien presencialmente en las oficinas municipales o bien a través de correo postal certificado.

No obstante, RECOMENDAMOS presentar las facturas a través de FACe o a través de nuestra Sede Electrónica.

En todo caso, la presentación de facturas a través de mail no será admitida en ningún caso.

Si su factura supera los 5.000,00 euros obligatoriamente debe usar el registro electrónico de facturas, por lo que su factura en papel no será admitida.

Usted puede presentar sus facturas al Ayuntamiento de Anievas a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, FACe, accesible en este enlace: https://face.gob.es/es

Para presentar facturas a través de FACe es preciso disponer de un Certificado Digital válido emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Puede consultar información sobre la obtención de dicho certificado digital en esta misma página web.

Para generar facturas en formato electrónico a través de FACe puede utilizar la aplicación gratuita FACTURAe, accesible a través del siguiente enlace: http://www.facturae.gob.es/Paginas/Index.aspx

Puede consultar una guía rápida de la aplicación en el siguiente enlace: Guía Rápida Facturae.

Puede consultar el manual completo de la aplicación en el siguiente enlace:

http://www.facturae.gob.es/formato/Documents/Gesti%C3%B3n%20de%20Facturaci%C3%B3n%20Electr%C3%B3nica%203.4/Guia_Usuario_Facturae_3_4.pdf

Para presentar facturas a través de FACE solo necesita disponer de su certificado digital, y los siguientes códigos DIR3 que identifican al Ayuntamiento de Anievas como destinatario de su factura:

• Oficina Contable: L01390036 – Oficinas      Generales

• Órgano Gestor: L01390036 – Alcaldía

• Unidad Tramitadora: L01390036 – Secretaría – Intervención

Enlace a tutorial que explica paso a paso como confeccionar y enviar facturas en formato electrónico: https://youtu.be/akuxYgl-lKk

Usted puede presentar sus facturas al Ayuntamiento de Anievas a través de su sede electrónica, a la que podrá acceder a través de la página web municipal: https://aytoanievas.org/

El registro de facturas a través de la Sede Electrónica Municipal se realiza de la misma manera que la presentación de cualquier Instancia General a través de Registro Electrónico, y el único requisito es disponer de un Certificado Digital válido emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Puede consultar información sobre la obtención de dicho certificado digital en esta misma página web.

Para visualizar como presentar facturas a través de nuestra Sede Electrónica puede ver el siguiente vídeo tutorial:

https://drive.google.com/open?id=1qQO5cjEYVscSSA9r52A4t8qiTIX2tQvX

Para la presentación de facturas electrónicas se necesita disponer de un Certificado Digital válido. A continuación se explican los pasos a seguir para la obtención de un certificado electrónico en formato software a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT)

Le facilitamos el enlace a la página web de la FNMT y, a continuación, la descripción de los pasos del procedimiento.

http://www.cert.fnmt.es/

Obtención del código de solicitud por Internet:

  • Acceda a la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, Certificados Digitales y entre en la opción «Solicitar Certificado» donde tendrá que indicar el NIF o NIE del titular del certificado, el apellido, tal y como aparece en el documento de identidad, y un correo electrónico. A esta dirección de correo se enviará el código de solicitud asociado a su petición.
  • Acredite su identidad en una Oficina de Registro:
  • Debe acreditar la identidad en las Oficinas de registro reconocidas (aporte el código que ha recibido en su correo electrónico y la documentación necesaria según se trate de una persona jurídica o física). Tenga en cuenta que si va a acreditarse en una oficina de la Agencia Tributaria tendrá que solicitar antes cita previa.

Descargue el certificado electrónico:

  • Descargue el certificado desde la página de la misma entidad certificadora en la que hizo la solicitud, aportando de nuevo el NIF del solicitante y el código recibido en su correo electrónico al solicitar el certificado.

Obtenga una copia de seguridad del certificado:

  • Es recomendable la realización de una copia de seguridad (exportación) del certificado electrónico. La necesitará si en algún momento tiene que recuperar su certificado o utilizarlo en otro equipo y, si no dispone de ella, la única alternativa sería solicitar un nuevo certificado.

 

Vídeos explicativos:

Enlaces a videotutoriales que explican paso a paso el proceso para la obtención de su certificado digital:

FNMT: Certificado de persona física.

FNMT: Certificado de Representante de persona jurídica.

AEAT: Certificado Digital

Enlace a folleto informativo de la Factura Electrónica:

https://www.facturae.gob.es/factura-electronica/Documents/Folleto_informativo_FACe.pdf

CIF del Ayuntamiento de Anievas: P3900300I.

En caso de dudas, puede formular sus consultas a través del correo electrónico secretario@aytoanievas.org o por teléfono al 942840613.