Información CORONAVIRUS

 

ES RESPONSABILIDAD DE TOD@S.

TELÉFONO DE ATENCIÓN: 900 612 112

El Gobierno de Cantabria habilitó el viernes un nuevo número telefónico para atender a aquellas personas que en Cantabria creen que pueden tener el coronavirus. Es el 900 612 112, el único que Sanidad pide que se utilice para casos sospechosos del Covid-19. Lo hace para evitar que se saturen las centrales telefónicas de otros servicios de emergencia como el 061 o el 112, una situación que ya empieza a producirse.

ACTUACIONES MUNICIPALES:

Ante la situación de Pandemia del CORONAVIRUS declarada por la Organización Mundial de la Salud y siguiendo recomendaciones de diferentes Organismos Públicos, como la Comisión de Seguimiento para coordinar las medidas del Gobierno de Cantabria frente al coronavirus, así como las recomendaciones del Ministerio de Sanidad, os informamos que, inicialmente, hasta el 31 de marzo se suspenden todas las actividades públicas, así como el cierre de los locales municipales (excepto el edificio del Ayuntamiento).

OBSERVACIONES:

Las Oficinas Generales del Ayuntamiento permanecerán abiertas en su horario habitual con la recomendación a los/as vecinos/as que acudan, únicamente, en casos de necesidad.

En este sentido, se recuerda la Resolución por la que se adoptan medidas preventivas en la Comunidad Autónoma de Cantabria como consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus (COVID-19), en cuyo apartado 5 se dispone que se suspende el acceso de la ciudadanía a los edificios, instalaciones y dependencias de cualesquiera entidades del sector público radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria en los que se presten servicios de carácter no sanitario. Se exceptúan los servicios de registro que se determinen y aquellos accesos imprescindibles que se establezcan por el órgano competente en cada caso.

Se recuerda que, en aplicación de lo dispuesto por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

En consecuencia, no estará justificada la urgencia en acudir a dependencias municipales basada en el agotamiento de plazos administrativos, por cuanto en aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, los plazos quedan suspendidos.

Para gestión de simples trámites administrativos, recomendamos el contacto telefónico, 942840613, el correo electrónico, Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., así como la posibilidad de realizar trámites administrativos de manera telemática a través del Sistema de Interconexión de Registros SIR/ORVE.

PRECAUCIONES/RECOMENDACIONES DE LA AUTORIDAD SANITARIA: 

  • Taparse la nariz y/o boca al estornudar o toser.
  • Lavarse las manos con asiduidad.
  • Evitar los saludos mediante el estrechamiento de manos y/o beso.
  • Evitar grandes aglomeraciones de personas.
  • Intentar mantener una distancia de seguridad con el resto de personas entre 1 y 2 metros.
  • Evitar reuniones entre personas de edad avanzada y/o con afecciones respiratorias o cardiovasculares.

CONSULTA INFORMACIÓN SOLO DE FUENTES OFICIALES:

Ministerio de Sanidad.

DECLARACIÓN DEL ESTADO DE ALARMA:

Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

RESOLUCIONES DEL GOBIERNO DE CANTABRIA:

25/03/2020. Resolución de 25 de marzo de 2020, por la que queda suspendida la caza y la pesca en aguas continentales en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante la vigencia del Estado de Alarma.

15/03/2020. Decreto 18/2020, de 15 de marzo, por el que se establecen los servicios esenciales del Gobierno de Cantabria y se fijan las instrucciones para la prestación de los servicios por parte de los empleados públicos durante el estado de alarma declarado por el Gobierno de la Nación el 14 de marzo de 2020.

13/03/2020. Resolución por la que se adoptan medidas preventivas en la Comunidad Autónoma de Cantabria como consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus (COVID-19)

13/03/2020. Resolución por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones de Salud Pública en la Comunidad Autónoma de Cantabria como consecuencia de la evolución epidemiológica del Coronavirus (COVID-19)

11/03/2020. Resolución por la que se dictan Instrucciones en relación con eventos deportivos celebrados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria que supongan gran afluencia de aficionados.

05/03/2020. Resolución por la que se dictan Instrucciones en relación con los eventos deportivos celebrados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria en los que participen deportistas provenientes de las zonas establecidas como de riesgo de trasmisión de la enfermedad COVID-19.

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL ESTADO DE ALARMA DE LA FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS DE CANTABRIA:

Enlace al documento.

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