Image
ORGANIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO

El gobierno y la administración municipal, salvo en aquellos municipios que legalmente funcionen en régimen de Concejo abierto, corresponde al Ayuntamiento, integrado por el alcalde y los concejales.

La Organización municipal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la LBRL habrá de responder a las siguientes reglas: 

  • El alcalde, los Tenientes de alcalde y el Pleno existen en todos los ayuntamientos.
  • La Junta de Gobierno Local existe en todos los municipios con población de derecho superior a 5.000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su Reglamento orgánico o así lo acuerde el Pleno de su Ayuntamiento.
  • En los municipios con población de derecho superior a 5.000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su Reglamento orgánico o así lo acuerde el Pleno, existirán órganos de estudio e informe de los asuntos que hayan de ser sometidos al Pleno, así como órganos de seguimiento de la gestión del alcalde, Junta de Gobierno Local y concejales con delegaciones. En todos estos órganos tienen derecho a participar miembros de la totalidad de los Grupos Políticos en proporción a su número de concejales.
  • Los órganos complementarios establecidos en la LBRL, la normativa de las Comunidades Autónomas y los Reglamentos orgánicos.
  • En los denominados municipios de gran población y en aquellos otros cuyo reglamento orgánico así lo determine o en el caso de que lo acuerde el Pleno por mayoría absoluta, existirá una Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones.
  • En todos ellos existirá una Comisión Especial de Cuentas.
  • Las leyes de la Comunidad Autónoma o los reglamentos orgánicos, podrán establecer otros órganos complementarios a éstos

 

 

AYUNTAMIENTO DE ANIEVAS.

Barrio Las Escuelas, S/N.
Cotillo de Anievas.
39451.
Tlfo.: 942840613
FAX: 942840709
CIF: P3900300I
Administración General:
Alcaldía:
Secretaría - Intevención:
Servicios Técnicos Municipales:
Servicios Sociales: